PROCESO DE ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2021 EN CIFP SIMON DE COLONIA
Se ha publicado en el BOCYL de 27 de mayo de 2021 la Orden EDU/643/2021, de 18 de mayo, por la que se convoca el procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de distintas cualificaciones profesionales, financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional dentro del Plan de Formación Profesional para el crecimiento económico y social y la empleabilidad, "PCT Extraordinario".
En el CIFP Simón de Colonia se trabajarán las siguientes cualificaciones profesionales de cara al proceso de admisión:
COM412_1: Actividades auxiliares de comercio
ELE481_1: Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos
FME031_1: Operaciones auxiliares de fabricación mecánica
HOT093_2: Cocina
HOT223_2: Repostería
IMP118_1: Servicios auxiliares de estética
IMP120_2: Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje
IMP121_2: Cuidados estéticos de manos y pies
IFC298_2: Montaje y reparación de sistemas microinformáticos
IFC299_2: Operación de redes departamentales
IFC300_2: Operación de sistemas informáticos
FME352_2: Montaje y puesta en marcha de bienes de equipo y maquinaria industrial
SSC089_2: Atención sociosanitaria a personas en el domicilio
SSC320_2: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales
TMV045_2: Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos
TMV197_2: Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos
TMV048_2: Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares
TMV047_2: Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles
De cara al proceso de asesoramiento y evaluación, se trabajará la siguiente competencia profesional:
FME031_1: Operaciones auxiliares de fabricación mecánica
¿Cuáles son los requisitos para poder participar?
- Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.
- Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
1.º En el caso de experiencia laboral: Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Para las unidades de competencia del nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
2.º En el caso de formación no formal: Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
- Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el punto 1, y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el artículo 12 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Para estudiar estos casos, el Director General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa designará al personal asesor necesario que emitirá un informe sobre la procedencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento.
- No podrán participar en estos procedimientos las personas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
- Estar en posesión de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad que contenga las unidades de competencia que solicita o sus equivalentes o la acreditación parcial de la unidad o unidades de competencia que solicita.
- Estar matriculadas en un curso de formación profesional del sistema educativo, o realizando formación profesional para el empleo conducente a la acreditación de las unidades de competencia en que soliciten su participación.
¿Cuándo y cómo se pueden presentar las solicitudes?
Los interesados podrán presentar la solicitud del 27 de mayo al 17 de junio de 20201, ambos inclusive; Plazo ampliado hasta el 28 de junio de 2021
La solicitud, junto con la correspondiente documentación, se podrá presentar por alguno de los siguientes medios:
- a) Presentación electrónica. Para ello los solicitantes deberán disponer de DNI electrónicoy se realizará a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
- b) Presentación presencial. Asimismo, la solicitud generada se podrá presentar en papel, preferentemente en las unidades de registro de las direcciones provinciales de educación de las provincias de los centros gestores o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si la solicitud es remitida por correo, deberá ser presentada en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de que proceda a su certificación.
Solicitudes y documentación
Se presentará una solicitud por cada cualificación profesional respecto de la que se pretenda la acreditación de unidades de competencia, conforme al modelo del documento n.º 1, acompañada de la documentación que se indica en esta Orden.
La Consejería de Educación verificará de oficio los datos personales relativos a la identidad y discapacidad declarados por el interesado en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
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