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La prueba de acceso a la formación profesional de grado superior deberá acreditar que el alumno posee la madurez en relación con los objetivos de Bachillerato y sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate.

 

NOVEDAD IMPORTANTE!
Tras las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE), a partir del curso 2016-17 quienes estén en posesión del título de Técnico tendrán acceso a los Ciclos de Grado superior sin necesidad de superar una prueba de acceso. Ver: Acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior desde Grado Medio.

 

Requisitos

  • Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba.
  • Tener 18 años y estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder (de la misma Familia Profesional)
  • No estar en posesión del título de Bachiller o de otra titulación equivalente a efectos de acceso.

 

Estructura y Contenidos

La prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior constará de dos partes: parte general y parte específica.

  • La parte común(común para todas las opciones) tendrá como objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito los estudios de formación profesional de grado superior, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Constará de tres ejercicios, cada uno de ellos sobre una de las siguientes materias:
    • Lengua Castellana y Literatura.
    • Lengua Extranjera (a elegir entre Inglés o Francés).
    • Matemáticas.
  • La parte específica tendrá como objetivo valorar las capacidades de base referentes al campo profesional de que se trate. Versará sobre los conocimientos básicos de las materias de Bachillerato, en función del ciclo formativo al que se quiere acceder. A estos efectos, las familias profesionales de los ciclos formativos se agrupan en tres opciones diferentes y a cada una de ellas se asocian tres materias de bachillerato, de las que se deberán elegir dos.

Las materias de cada opción, así como los contenidos y criterios de evaluación aparecen recogidos en la Orden por la que se convoca cada año la celebración de las pruebas, en el Anexo correspondiente.

La superación de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior permitirán el acceso a ciclos formativos de grado superior de las familias profesionales incluidas en la opción de la parte específica de la prueba superada.

 

Exenciones

  • Quedarán exentos de la realización de la parte común de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior quienes acrediten:

a) Haber superado la parte general de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior convocadas por la Comunidad de Castilla y León, en el año 2006, o haber superado la parte común de las pruebas, convocadas por la Comunidad de Castilla y León, en los años 2007, 2008 y 2009.

b) Tener superada la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior en cualquiera de sus opciones, convocada por la Comunidad de Castilla y León.

  • Quedarán exentos de la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos de grado superior quienes acrediten:

a) Estar en posesión de un título de técnico perteneciente a alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta. 

b) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 2 o superior que acredite, al menos, una cualificación profesional, perteneciente a alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta.

c) Poseer una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año con jornada completa, en el campo profesional relacionado con alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta.

d) Tener la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre Deportistas de Alto Nivel y Alto Rendimiento, y haber elegido la opción 3 de las recogidas en el Anexo II, para a la realización de las pruebas.

 

 

 

 


 

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