Se puede acceder de forma directa a los estudios de Formación Profesional de Grado Superior cumpliento alguno de los requisitos académicos que se detallan. También se puede acceder superando una prueba de acceso para mayores de 19 años.
1. Acceso directo:
- Título de Bachillerato L.O.G.S.E. o Bachiller (LOE)
- Título de Técnico Especialista, superior o equivalente.
- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (C.O.U.).
- Haber superado cualquier Bachillerato Experimental. (2º Ciclo de la Reforma de las Enseñanzas Medias).
- Con titulación universitaria.
- Título de Técnico (Grado Medio)
NOVEDAD IMPORTANTE!
Tras las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE), a partir del curso 2016-17 quienes estén en posesión del título de Técnico tendrán acceso a los Ciclos de Grado superior sin necesidad de superar una prueba de acceso.
Ver: Acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior desde Grado Medio
2. Acceso mediante prueba:
- Para presentarse a la prueba es necesario tener 19 años en el año natural en que se realiza la prueba ó 18 años para quienes acrediten estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder (de la misma Familia Profesional).
- Quienes tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años quedarán exentos de la realización de la prueba.
- La prueba de acceso a la Formación Profesional de grado superior deberá acreditar que el alumno posee la madurez en relación con los objetivos del Bachillerato y sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate.
- Anualmente la Consejería de Educación convoca las pruebas de acceso a Ciclos Formativos.
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Cupos para la reserva de plazas
De acuerdo con la ORDEN EDU 347/2016 de 21 de abril (BOCYL de 28 de abril), cuando no existan plazas suficientes en los ciclos formativos de grado superior solicitados se aplicará el siguiente procedimiento para la reserva de plazas :
1º Se reservarán el 5% de las plazas vacantes en el ciclo formativo para el alumnado que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33% y otro 5% para quienes acrediten la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento
2º Una vez reservadas las plazas anteriores, los centros adjudicarán las plazas vacantes en cada ciclo formativo de grado superior aplicando los porcentajes de reserva siguientes:
- 1.º Alumnado que esté en posesión del título de Bachiller: El 60% de las plazas.
- 2.º Alumnado que esté en posesión del título de Técnico: El 30% de las plazas.
- 3.º Alumnado que reúna alguna de las condiciones de acceso restantes: El 10% de las plazas.
En el caso de no cubrirse la reserva en alguna de las opciones, las vacantes se adjudicarán de forma proporcional a las reservas establecidas en el resto de las opciones.
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Criterios de admisión en Ciclos de Grado Superior
Cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, la admisión se realizará atendiendo al baremo previsto en el Anexo II de la ORDEN EDU/347/2016
Anexo II: Baremo Ciclos Formativos Grado Superior (35 kbytes)
Anexo III: Criterios de admisión Ciclos Formativos Grado Superior (89 kbytes)
Anexo IV: Opciones y Familias Profesionales (89 kbytes)
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Normativa Aplicable
ORDEN EDU/347/2016, de 21 de abril, por la que se regula la admisión del alumnado de formación profesional inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León
PDF BOCYL-D-28042016-3 (4411 KB)
RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2018, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se establece el calendario del proceso de admisión del alumnado a los ciclos de Formación Profesional Inicial, en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2018/2019.
PDF BOCYL-D-02052018-23 (528 KB)
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Pruebas de Acceso