La renuncia a matrícula supondrá causar baja en todos los módulos profesionales en que esté matriculado el alumno y por consiguiente no será evaluado en ninguna de las convocatorias correspondientes al curso. Podrá solicitarse por el alumnado al director del centro y se presentará dentro del primer trimestre del curso escolar.
La renuncia a todas las convocatorias anuales de todos los módulos profesionales surtirá los mismos efectos que la renuncia a la matrícula.
El director del centro concederá la renuncia a matrícula mediante resolución que se comunicará al interesado. Una copia de dicha resolución se adjuntará al expediente académico del alumno, así como a las actas de evaluación parciales o finales mediante el término «BAJA».
La renuncia a matrícula no computará a efectos de convocatorias consumidas. No obstante, el alumno perderá el derecho de reserva de plaza, por lo que si desea continuar en el futuro dichos estudios deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión que esté establecido.
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